Auto Supremo AS/0157/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0157/2012

Fecha: 12-Jul-2012

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente

I. DEL RECURSO DE CASACIÓN
I.1. Antecedentes
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
a) En mérito a la acusación formal cursante de fs. 40 a 44 vta., presentada por el Ministerio Público y desarrollado el juicio oral, por Sentencia 16/2011 de 1 de octubre (fs. 197 a 203 vta.) que leída en su integridad el 5 del mismo mes y año, el Tribunal Segundo de Sentencia del Distrito Judicial de Potosí, declaró a Antonio Obispo Flores Esquivel, Humberto Porfirio Calcina Mollo, Edwin Mamani Calisaya y Jhonny Juan Bautista Bernal, autores del delito de Transporte de Sustancias Controladas, previsto y sancionado por el art. 55 de la Ley 1008, condenándoles a cada uno, a cumplir la pena privativa de libertad de ocho años y multa de 0,50 centavos de boliviano por día multa que culminará el 22 de febrero de 2018, tomando en cuenta el tiempo que estuvieron en detención preventiva