Sobre la alegación de que el Acta de juicio oral, público y contradictorio, una vez
Sobre la alegación de que el Acta de juicio oral, público y contradictorio, una vez cerrado el debate, se decretó receso para la deliberación, que reinstalado el acto se obvió el informe sobre la presencia de las partes, supuestamente por estar presentes, dejando dudas al recurrente sobre la participación de todos los jueces ciudadanos. Como ya se ha señalado, se tiene del Acta de Registro de Juicio Oral de fecha 07 de febrero de 2012 que sí se encontraban presentes en audiencia los tres jueces ciudadanos (fs. 34), y que tal cual refiere el impetrante, concluido el debate el Presidente del Tribunal decretó receso por el lapso de una hora señalando: "... vamos a decretar un receso para que este Tribunal ingrese a deliberar para dictar sentencia..." (fs. 41 vlta.); pasando entonces el Tribunal en pleno a deliberar, y que el acto se reinstaló a horas dieciocho y treinta del mismo día, encontrándose presente el recurrente junto a su abogado defensor, quienes ante el anuncio de que se obviaría el informe sobre la presencia de las partes al advertirse que todas se encontraban presentes, de no ser evidente tal hecho debió hacer constar su reclamo, circunstancia que no se dio, de lo cual se concluye que todos los miembros del Tribunal sí se encontraban presentes, pues conforme la relación de actuados realizada al resolver la denuncia anterior, todos los jueces ciudadanos participaron en el acto, por lo que este motivo deviene en infundada
- PARTES PROCESALES: Ministerio Público contra Edwin Vargas Ortega
- DELITO: violación de niño, niña o adolescente
- MAGISTRADO RELATOR: Jorge I. von Borries Méndez
- VISTOS: El recurso de casación interpuesto por Edwin Vargas Ortega (fs
- CONSIDERANDO: Que el recurso interpuesto tuvo origen en los siguientes antecedentes: 1
- Que el recurrente acusó que el Tribunal de Alzada emitió el Auto de Vista sin
- En el caso de autos, analizados los antecedentes, este máximo Tribunal de Justicia arribo a
- Sobre la alegación de que el Acta de juicio oral, público y contradictorio, una vez
- La denuncia respecto a que no se establece si la votación para su condena fue
- De todo lo examinado, se establece que el recurso de casación planteado, carece de sustento
- POR TANTO: La Sala Penal Primera del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- FIRMADO: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas
- ANTE MÍ. Abog. Sandra Magaly Mendivil Bejarano
- ?? ?? ?? ?? 4
