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3.- Mediante Minuta suscrita el 18 de enero de 1997, protocolizada mediante Escritura Pública Nº 63/1997 de 30 de enero de 1997, cursante de fs. 17 a 20, Patec Mario, Vicet Anibal, Busch Julio, Julio Gricot y Moisés W. Ponce de León Lino, transfirieron un lote de terreno de 300 m.² de superficie, ubicado en la Av. 31 de Octubre de la zona Villa San Antonio de la ciudad de La Paz, a favor de Hilda Blanco de Calderón, Marcelo Calderón Blanco y de Willma Calderón Blanco, transferencia registrada en Derechos Reales bajo la Ptda. Computarizada Nº 01390128 de 1 de febrero de 1997 y posterior Matrícula Nº 2.01.0.99.0005846 de 11 de mayo de 2004 (fs. 73)
- Distrito: La Paz
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Contra esa sentencia la codemandada Willma Natalia Calderón Blanco, por sí y en representación de
- Contra esa resolución de segunda instancia los actores Julio Alejandro, Alcira Silvia y Virginia Nilda,
- DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACION
- Por las razones expuestas los recurrentes acusaron que el Auto de Vista recurrido violó lo
- Con los mismos fundamentos acusaron error en la valoración de la prueba, en especial de
- Por las razones expuestas, solicitaron se case el Auto de Vista recurrido en la parte
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCION
- En ese marco, estando delimitado el motivo de la impugnación, de la revisión de obrados
- Certificado de defunción de fs. 70
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- Conforme lo expuesto, el referido bien inmueble de 300 m
- Establecido lo anterior corresponde precisar que solo la cuota parte o acciones y derechos que
- Las acciones y derechos que sobre el referido bien inmueble corresponden en propiedad a Marcelo
- Consiguientemente solo la cuota parte que sobre el referido inmueble se encuentra registrado a nombre
- Por otro lado respecto a la edificación de tres plantas que se habría realizado en
- Por las razones expuestas se concluye que sobre las acciones y derechos que en relación
- Por las consideraciones expuestas, resulta parcialmente evidentes las infracciones acusadas por los recurrentes, correspondiendo por
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Magistrada Dra. Rita Susana Nava Duran.
