Auto Supremo AS/0239/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0239/2012

Fecha: 25-Jul-2012

Que, el principio de trascendencia debe también observarse en materia de nulidades, en virtud del

Que, el principio de trascendencia debe también observarse en materia de nulidades, en virtud del cual no hay nulidad sin daño o perjuicio. Las nulidades declaradas en exclusivo beneficio de la ley podían tener cabida en legislaciones formalistas, pero no en la actualidad, donde la regla no es destruir sin necesidad, sino conservar y salvar el acto por razones de economía procesal