Auto Supremo AS/0147/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0147/2012

Fecha: 07-Ago-2012

Ahora bien, aplicando estos conceptos interpretativos al caso concreto, en criterio de este tribunal el


Ahora bien, aplicando estos conceptos interpretativos al caso concreto, en criterio de este tribunal el documento de 28 de febrero de 1997, cursante en fotocopia legalizada de fojas 5 a 6; si bien, en la segunda parte de la cláusula segunda contiene un aparente acto de liberabilidad, sin embargo de la interpretación conjunta de sus cláusulas o contenido, se infiere que la intención común de las partes que suscribieron el contrato era ratificar aquello que ya había sido decidido en vida de sus progenitores, en relación a la distribución del caudal hereditario, es decir consolidar un reconocimiento de derecho propietario a favor de la demandada reconventora Alejandra Durán Villca sobre el inmueble sito en calle Vicente Donoso s/n (antes Regimiento Carabineros 16 de Infantería), interpretación que es corroborada por lo expresado por los otros suscribientes del documento en los memoriales de fojas 113 y 215, y lo señalado por los testigos de descargo en sus declaraciones de fojas 199 a 201, en sentido de que la demandada Alejandra Durán Villca, venia poseyendo el inmueble antes descrito en calidad de dueña antes de la muerte de sus padres