Ahora bien, aplicando estos conceptos interpretativos al caso concreto, en criterio de este tribunal el
Ahora bien, aplicando estos conceptos interpretativos al caso concreto, en criterio de este tribunal el documento de 28 de febrero de 1997, cursante en fotocopia legalizada de fojas 5 a 6; si bien, en la segunda parte de la cláusula segunda contiene un aparente acto de liberabilidad, sin embargo de la interpretación conjunta de sus cláusulas o contenido, se infiere que la intención común de las partes que suscribieron el contrato era ratificar aquello que ya había sido decidido en vida de sus progenitores, en relación a la distribución del caudal hereditario, es decir consolidar un reconocimiento de derecho propietario a favor de la demandada reconventora Alejandra Durán Villca sobre el inmueble sito en calle Vicente Donoso s/n (antes Regimiento Carabineros 16 de Infantería), interpretación que es corroborada por lo expresado por los otros suscribientes del documento en los memoriales de fojas 113 y 215, y lo señalado por los testigos de descargo en sus declaraciones de fojas 199 a 201, en sentido de que la demandada Alejandra Durán Villca, venia poseyendo el inmueble antes descrito en calidad de dueña antes de la muerte de sus padres
- Proceso: Nulidad de documento
- Partes:Carlos Nina Sacari c/ Abadías Coca Arroyo y otros
- CONSIDERANDO: Que, tramitada la causa de referencia, el Juez Primero de Partido en lo Civil
- Apelada la sentencia por ambas partes, la Sala Civil Primera de la entonces Corte Superior
- Contra la resolución de segunda instancia, Salomé Durán Villca a través de su apoderado Marcial
- Finaliza el recurso, solicitando al tribunal de casación en virtud a los artículos 253 -
- En principio debe dejarse claramente establecido que los jueces de instancia deben limitarse a aplicar
- Para ello, se hace necesario analizar todos aquellos actos realizados y negociados en los que
- Al objeto de averiguar la intencionalidad conjunta de las partes, el Código Civil sienta un
- La norma fundamental y básica viene establecida en el artículo 510 del Código Civil, de
- De acuerdo con lo establecido por esa norma básica a la que se ha aludido
- En cuanto a las palabras o expresiones que originan incertidumbres, las reglas dirigidas a solventar
- Ahora bien, aplicando estos conceptos interpretativos al caso concreto, en criterio de este tribunal el
- Por otro lado, la parte recurrente reiteradamente en el recurso de casación refiere que el
- Por lo expuesto, corresponde resolver el recurso aplicando los artículos 271- 2) y 273 del
- POR TANTO: La Sala Civil Liquidadora del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- ibro Tomas de Razón 147/2012
