El hecho de señalar que la Sentencia es insuficiente porque no permite sostener el fallo
El hecho de señalar que la Sentencia es insuficiente porque no permite sostener el fallo con solidez y firmeza, resulta de una lectura incompleta y cercenada ya que el Juzgado de Sentencia al momento de emitir la misma valoró la prueba producida aplicando las reglas de la sana crítica apreciando la prueba en forma conjunta y armónica
- Que, en mérito a la Acusación particular presentada por William Roger Torrico Escobar, Rolando Ramos
- Miriam Sejas Sejas, la pena de 3 años y 5 meses de reclusión
- Edith Rosario Sejas Sejas, la pena de 1 año de reclusión, todos a cumplir en
- Respecto de Alberto Daza Márquez, se lo absuelve de culpa y pena del delito de
- Que, ante esta Sentencia a su turno Edith Rosario Sejas Sejas (fs
- Que, del estudio del Recurso de Casación, se establecen como motivos del mismo, los siguientes
- Señala, que en cuanto a la demora en la tramitación del proceso la Corte Suprema
- Que, ante la falta de precedentes contradictorios la Corte Suprema en el Auto Supremo Nº
- II
- El hecho de señalar que la Sentencia es insuficiente porque no permite sostener el fallo
- III
- IV
- La Casación es definida como un instrumento político-jurídico que tiene una doble finalidad; por un
- Según prevé el art
- Ahora bien, el Tribunal Constitucional en su Sentencia Nº 1401/03 -R de 26 de septiembre
- La procedencia del Recurso de Casación está dada al cumplimiento de un conjunto de requisitos
- En el Recurso de Casación, se deberá señalar, la contradicción en términos precisos y como
- Plazo: La fecha, desde la que corresponde computar el plazo de los 5 días para
- De la invocación en el Recurso de Apelación Restringida y de la contradicción del Precedente
- POR TANTO
- Asimismo, por Secretaría de la Sala Penal Liquidadora hágase, conocer el presente Auto Supremo a
- Libro Tomas de Razón 2/2012
