Auto Supremo AS/0190/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0190/2012

Fecha: 04-Sep-2012

Con similares argumentos que el primer recurso, la recurrente afirma que al emitir el Auto


SEGUNDO RECURSO

Con similares argumentos que el primer recurso, la recurrente afirma que al emitir el Auto de Vista impugnado, el Tribunal de Apelación incurrió en violación del artículo 6 de la Ley General del Trabajo, así como de los artículos 151, 154 y 167 del Código Procesal del Trabajo; del mismo modo, que se realizó indebida y errónea interpretación y aplicación de los artículos 4 y 22 de la Ley General del Trabajo y del artículo 162 de la Constitución Política del Estado, lo que constituye causal de casación en el fondo, en aplicación del inciso 3) del artículo 253 del Código de Procedimiento Civil; y que al no haberse considerado en su integridad la prueba y argumentos de descargo, se vulneró lo previsto por el parágrafo II del artículo 397 del Código Adjetivo Civil, lo que determina la nulidad prevista por el inciso 3) del artículo 253 del mismo cuerpo legal. Agrega que no fue considerada la prueba literal cursante a fojas 115 a 148, referida a los pagos efectuados a favor de la demandante