Auto Supremo AS/0242/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0242/2012

Fecha: 06-Sep-2012

c) Vulneración del principio del debido proceso transcribiendo parte del Auto Supremo Nro

c) Vulneración del principio del debido proceso transcribiendo parte del Auto Supremo Nro. 233 de 4 de julio de 2006, porque el Tribunal de Alzada "pese a saber que estaba vulnerando y violentando las garantías consagradas en la Constitución y realizando valoración defectuosa de la prueba vulnera el principio universal de presunción de inocencia", por lo que vulnera los principios de igualdad, legalidad, inocencia y la sana crítica. Citan el Auto Supremo Nro. 307 de 11 de junio de 2003 que indica textualmente que: "los Tribunales de Alzada tienen la amplísima facultad de revisión de oficio conferida por el art. 15 de la Ley de Organización Judicial (...)", razón por la cual al observarse vicios procesales en las actuaciones del Tribunal de primera instancia y al convalidarlos el Tribunal de Alzada no da correcta aplicación al referido art. 15 de la Ley Nro 1455 y el Auto Supremo Nro. 307/2003 debiendo enmendar errores que el tribunal inferior debía haberlos observado por ser vicios insubsanables de fondo y de forma