Auto Supremo AS/0242/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0242/2012

Fecha: 06-Sep-2012

Por Secretaría de Sala, remítase copias legalizadas de la Sentencia, el Auto de Vista y

POR TANTO: La Sala Penal Primera del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida en el art. 42 num. 1 de la Ley del Órgano Judicial y art. 418 del Código de Procedimiento Penal, declara ADMISIBLES los recursos de casación interpuestos por Peter Wiebe Wall (fs. 3216 a 3228), Abraham Peters Dyck ( fs. 3242 a 3254), Jacob Wall Wall, Franz Dyck Wall, David Guenther Banman, Jacob Wiebe Knelssen, Johan Boldt Ham y Heinrich Knelssen Klassen (fs. 3399 a 3407), impugnando el Auto de Vista Nro. 39/2012 emitido el 30 de marzo de 2012 por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz (fs. 3172 a 3178), en el proceso penal seguido por el Ministerio Público y Yely Lisbeth Ruiz Barrientos contra los recurrentes con imputación por comisión de los delitos de violación, violación de niño, niña o adolescente, violación en estado de inconciencia, asociación delictuosa, complicidad, previstos y sancionados por los arts. 308, 308 bis párrafo primero y 308 ter. con las agravantes establecidas por el art. 310 incs. 2), 5), 6) y 7), 132 y 23 del Código Penal.
Por Secretaría de Sala, remítase copias legalizadas de la Sentencia, el Auto de Vista y el presente Auto Supremo a las Salas Penales de los Tribunales Departamentales de Justicia, para que se inhiban de dictar resoluciones en las que se debaten las mismas cuestiones de derecho, hasta que se les haga conocer la resolución emergente de este recurso de casación, todo conforme prevé el citado art. 418 en su parágrafo segundo de la Ley Nro. 1970