Auto Supremo AS/0308/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0308/2012

Fecha: 25-Sep-2012

Ahora bien en el Recurso de Casación de igual forma se invocan como precedentes contradictorios


Ahora bien en el Recurso de Casación de igual forma se invocan como precedentes contradictorios las Sentencias Constitucionales Nº 123/2001-R, 798/2007-R, 752/2002-R, 1369/2001-R y 577/2004-R de 15 de abril, al respecto corresponde señalar que por mandato legal, tendrán carácter de precedentes contradictorios solo los Autos de Vista dictados por las Cortes Superiores de Justicia (hoy Tribunales Departamentales de Justicia) o Autos Supremos emitidos por la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia (hoy Tribunal Supremo de Justicia), dentro de esta categorización no se encuentran las Sentencias Constitucionales ya que no son consideradas como precedentes contradictorios validos dentro de un Recurso de Casación, por lo que, no corresponde realizar mayor análisis a este punto, pues en ese sentido la Corte Suprema de Justicia ya se pronunció mediante sus Fallos Nº 59/2004 de 5 de febrero de 2004, 141/2004 de 10 de marzo de 2004 y 339/2004 de 7 de junio de 2004 entre otros