Auto Supremo AS/0323/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0323/2012

Fecha: 17-Sep-2012

Con tales fundamentos, la recurrente solicita se pronuncie resolución definitiva casando el Auto de Vista

Indica que la nulidad de un acto procesal procede cuando el mismo ha sido realizado por una autoridad que carece de jurisdicción y/o competencia o cuando el mismo ha sido realizado contraviniendo las normas procesales. En el caso presente no se cumple ninguno de los presupuestos legales indicados y por tanto no existe ningún elemento, prueba o hecho que demuestre la nulidad del Acta de Posesión hereditaria que fue objeto de la demanda y por esta situación correspondía al Juez de instancia declarar improbada la demanda, sin embargo no ocurrió así y el Tribunal de Alzada tampoco observó esa situación, debiendo revocar la sentencia apelada.
Con tales fundamentos, la recurrente solicita se pronuncie resolución definitiva casando el Auto de Vista y su Auto complementario y deliberando en el fondo revoquen ambas resoluciones del Tribunal Ad quem y en consecuencia se revoque y declare "improbada la sentencia" pronunciada por la Juez de instancia