Auto Supremo AS/0323/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0323/2012

Fecha: 17-Sep-2012

POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,


POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42 - 1) de LA Ley de Órgano Judicial de 24 de junio de 2010 y en aplicación de los arts. 252, 271 - 3) y 275 del Código de Procedimiento Civil, ANULA obrados hasta fojas 72 inclusive (admisión de la demanda) y dispone que el Juez A quo, emita nueva resolución, en estricta observancia de lo previsto por los artículos 3-1) y 87 del Código de Procedimiento Civil y a los fundamentos expuestos en el presente Auto Supremo