Auto Supremo AS/0021/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0021/2013

Fecha: 22-Oct-2013

CONSIDERANDO II: Que, conforme al Acuerdo

CONSIDERANDO II: Que, conforme al Acuerdo de Sala Plena No. 429/2013 de 9 de agosto de 2013 de fs. 647 y vta., emitido por el Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución conferida por el art. 38.16 de la Ley Nº 025, por el cual se autoriza el sorteo extraordinario del presente proceso y, expuestos los fundamentos del Recurso de Casación, se coligen los siguientes aspectos para su respectiva resolución:
Que, previamente se establece que el memorial de interposición del recurso carece de técnica jurídica y pericia procesal, denotando un claro desconocimiento de que el Recurso de Casación se constituye en una nueva demanda de puro derecho que debe contener para su procedencia los requisitos descritos por el inciso 2) del art. 258 del Código de Procedimiento Civil; pues, sus argumentos y la enunciación de las disposiciones legales acusadas de vulneradas, están desarrollados sin individualizar, ni especificar de acuerdo a las causales que hacen a cada recurso -en la forma o en el fondo- en observancia de las previsiones de los arts. 254 y 253 del Código de Procedimiento Civil