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    Auto Supremo AS/0030/2013
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0030/2013

    Fecha: 31-Oct-2013

    10

    10.- Con referencia al sueldo promedio indemnizable de Bs. 1.800.-, no existe pronunciamiento alguno en la Resolución Recurrida, sólo se hace una mención que no tiene fundamentación alguna, pese a la línea jurisprudencial del Tribunal Constitucional que vincula a los administradores de justicia a fundamentar sus providencias, máxime si como en el caso, estamos frete a una resolución que suprime consagrados derechos constitucionales
    • Partes : Carolina Carmen Cabrera Arispe c/ Centro
    • Proceso
    • CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral,
    • Habiendo sido notificados con la referida Sentencia,
    • Que, contra el referido Auto de Vista,
    • CONSIDERANDO II: Que, el Recurso de Casación
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    • Finalmente, señala que por los argumentos expuestos,
    • CONSIDERANDO III: Que, así expuestos los fundamentos
    • En consecuencia, la recurrente no cumple el
    • Tampoco el Recurso de Casación, señala violación,
    • La Recurrente no ha tomado en cuenta
    • Por tanto, de la revisión del Recurso de Casación se evidencia, que los
    • Que, en ese marco legal el Recurso
    • POR TANTO: La Sala Social y Administrativa
    • REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE Y DEVUÉLVASE
    • MAGISTRADA RELATORA: Dra. Silvana Rojas Panoso
    • Fdo. Magistrado Dr. D. Humberto Betancourt Chinchilla
    • Libro de Tomas de Razón Nº 030/2013

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