Auto Supremo AS/0030/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0030/2013

Fecha: 31-Oct-2013

En consecuencia, la recurrente no cumple el

En consecuencia, la recurrente no cumple el mandato contenido en el art. 258-2) del Código de Procedimiento Civil, toda vez que sólo se limita a hacer una relación del contenido del Auto de Vista, no cita en términos claros, concretos y precisos, la ley o leyes violadas o aplicadas falsa o erróneamente, especificando en qué consisten la violación, falsedad o error, ya se trate de Recurso de Casación en el fondo o en la forma, estas especificaciones deben hacerse en el Recurso y no fundarse en memoriales o escritos anteriores ni suplirse posteriormente