Auto Supremo AS/0282/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0282/2013

Fecha: 02-Oct-2013

POR TANTO: La Sala Penal Primera del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de

POR TANTO: La Sala Penal Primera del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, en ejercicio de sus atribuciones, con la facultad conferida en el artículo 42 numeral 1 de la Ley del Órgano Judicial y en aplicación de la disposición contenida en el artículo 418 del Código de Procedimiento Penal, declara INADMISIBLES los recursos de casación interpuestos por Andrés Gonzáles Orellana (fs. 748 a 749) y Carlos Andrés Gonzales Aguilar (fs. 758 a 759), al que se adhiere Lourdes Aguilar Rodríguez (fs. 751) impugnado el Auto de Vista emitido el 17 de diciembre de 2012 por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba (fs. 735 a 740), en el proceso penal seguido por el Ministerio Público y Jhery Alfredo Miranda Prado contra José Luis Gonzáles Aguilar y los recurrentes, por la presunta comisión del delito de amenazas y allanamiento de domicilio o sus dependencias, previsto y sancionados por los artículos 293 y 298 del Código Penal