Auto Supremo AS/0286/2013-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0286/2013-RA

Fecha: 31-Oct-2013

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente

I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
a)En mérito a la acusación formulada por el Ministerio Público (fs. 2 a 5 vta.), en aplicación del art. 393 Ter del Código de Procedimiento Penal (CPP), desarrollada la audiencia de juicio oral, por Sentencia 03/2013 de 9 de mayo, la Jueza de Partido Mixto, Liquidador y de Sentencia de Llallagua del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, declaró a Bladimir Aranibar Mamani, autor del delito de: “ABUSO DESHONESTO con AGRAVACIÓN incurso en el art. 312, 310 del Código Penal…” (sic) imponiéndole la pena de quince años de privación de libertad a ser cumplida en el Centro Penitenciario San Miguel de la ciudad de Uncía; asimismo, se le condenó el pago de costas en un valor de Bs. 500.- (quinientos bolivianos) a favor del Estado.

b)Contra la mencionada Sentencia, el recurrente opuso recurso de apelación restringida (fs. 76 a 83), resuelto por Auto de Vista 30/2013 de 4 de septiembre (fs. 97 a 99 vta.), dictado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, que declaró improcedente el recurso interpuesto, confirmando totalmente la Sentencia apelada.

c)Notificado el imputado con el Auto de Vista recurrido el 11 de octubre de 2013 (fs. 100), interpuso el recurso de casación que motiva autos el 17 del mismo mes y año