Auto Supremo AS/0293/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0293/2013

Fecha: 14-Oct-2013

Que del memorial que cursa de fojas 238 a 241, se extraen los siguientes motivos

Notificada la imputada Sabina Pacci Meneces con la citada resolución del Tribunal de Alzada, el 24 de septiembre de 2013 conforme diligencia cursante a fojas 222 vuelta, interpuso recurso de casación que es motivo de autos, el 30 del mismo mes y año.
CONSIDERANDO II: (Motivos del recurso de casación)
Que del memorial que cursa de fojas 238 a 241, se extraen los siguientes motivos del recurso de casación:
Haciendo referencia a los agravios por los que interpuso el recurso de apelación restringida, argumenta que el Auto de Vista recurrido, no consideró que al momento de sustanciarse el juicio oral, “el proceso” (sic) ya tenía una duración de ocho años, aspecto que se mencionó a momento de “fundamentar la excepción” (sic) y la apelación restringida. Indica que propuso como medio de prueba y presentó fotocopias simples de todas las audiencias, que consta en el acta de audiencia oral y ratificó esta situación en la apelación restringida, lo que tampoco fue analizado en el Auto de Vista. Señala “respecto a la presentación de las actas, el representante el Ministerio Público, las hace suyas, de esa manera admite su validez” (sic). Manifiesta que nunca existió suspensión de audiencias, y que su persona asistió a todas, aspecto que está acreditada por las fotocopias propuestas como medio de prueba, por lo que la retardación de justicia es exclusivamente atribuible al sistema de administración de justicia, “vale decir, a jueces y fiscales” (sic)