Auto Supremo AS/0561/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0561/2013

Fecha: 23-Oct-2013

CONSIDERANDO IV: Que, para los efectos de la presente resolución, corresponde tener presente que desde

CONSIDERANDO II: Que, previo el trámite recursivo seguido por las autoridades jurisdiccionales, el tribunal de alzada constituido en el caso de autos por la Sala Penal Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz pronunció la resolución jurisdiccional contenida en el Auto de Vista Nº 110 de 14 de abril de 2009 cursante de fs. 231 a 232 vlta., declarando improcedente el recurso de apelación restringida interpuesto por el querellante al no resultar evidentes los aspectos en los que fundó su impugnación.
CONSIDERANDO III: Que, a través del recurso de casación cursante de fs. 242 a 244 vlta., el querellante Felipe Armando Mardoñez Heredia impugna la resolución jurisdiccional contenida en el Auto de Vista Nº 110 de 14 de abril de 2009 cursante de fs. 231 a 232 vlta., pronunciado por la Sala Penal Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz alegando como motivos de su recurso la presunta existencia de defectos procesales absolutos, reiterando para dicho fin los argumentos en los que fundó su recurso de apelación restringida, aseverando además que la sentencia incurriría en una incongruencia al expresar, por un lado, que no podría existir un “empate” ni una “derrota de ambos litigantes”, pero sin embargo, concluye absolviendo a los procesados.
CONSIDERANDO IV: Que, para los efectos de la presente resolución, corresponde tener presente que desde una perspectiva amplia, señala ORTELLS RAMOS, el medio de impugnación se define como el instrumento legal puesto a disposición de las partes, destinado a atacar una resolución judicial para provocar su reforma, su anulación o bien su nulidad. Así, el principio de legalidad exige tanto resoluciones ajustadas a la Ley como materialmente justas, lo cual además se engarza en el derecho fundamental a la tutela jurisdiccional: la resolución judicial debe ser fundada y guardar armonía con la Ley y los valores que inspiran el ordenamiento jurídico. Precisamente para garantizar esta sumisión de la decisión judicial a la ley y a la justicia existen los medios de impugnación, con los cuales se configura una verdadera actividad depuradora como garantía o derecho de los justiciables