Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo de fs
I.2. Recurso de Casación:
Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo de fs. 41-42, interpuesto por la parte demandada, que en lo fundamental de su contenido acusó:
Errónea y parcializada apreciación de las pruebas aportadas dentro de la causa, al haber determinado la existencia de una relación laboral, cuando aquella no existía, ya que la actora nunca trabajó como empleada doméstica y que sólo era una dama de compañía, conforme el acta de confesión provocada cursante a fs. 26, no teniendo así hora fija de ingreso y salida, ni tampoco jornadas completas o habituales porque a veces iba y otras veces no, y en otras ocasiones no asistía porque viajaba mucho a su pueblo, y que no existe ningún contrato de prestación de servicios o boletas de pago que hagan referencia al trabajado desarrollado
Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo de fs. 41-42, interpuesto por la parte demandada, que en lo fundamental de su contenido acusó:
Errónea y parcializada apreciación de las pruebas aportadas dentro de la causa, al haber determinado la existencia de una relación laboral, cuando aquella no existía, ya que la actora nunca trabajó como empleada doméstica y que sólo era una dama de compañía, conforme el acta de confesión provocada cursante a fs. 26, no teniendo así hora fija de ingreso y salida, ni tampoco jornadas completas o habituales porque a veces iba y otras veces no, y en otras ocasiones no asistía porque viajaba mucho a su pueblo, y que no existe ningún contrato de prestación de servicios o boletas de pago que hagan referencia al trabajado desarrollado
- I.1. Antecedentes con relevancia jurídica
- En apelación deducida por la parte demandada (fs
- Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo de fs
- Que no corresponde el pago de horas extras porque jamás se quedaba a acompañarle hasta
- Que tampoco le corresponde el pago del desahucio, porque la demandante se fue de un
- Que la demandante, sí en algún momento le sirvió como dama de compañía, para preparar
- Que el A quo no tomó en cuenta la confesión provocada, dando lugar a un
- II.1. Fundamentos jurídicos del fallo
- De lo anotado se advierte, conforme lo observado además por la parte contraria al contestar
- Si bien la Sentencia Constitucional Plurinacional Nº 0439/2013 de 3 de abril, estableció que: “…la
- Es decir, del señalado texto, se da entender que había una relación laboral, conforme también
- Por lo relacionado, corresponde resolver el recurso conforme
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en ejercicio de
- Se regula honorario profesional de abogado, en la suma de Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmando: Dr. Antonio G. Campero Segovia
- Dra. Norka N. Mercado Guzmán
- Ante mí: Dra. Carla Jimena Rivera Taboada
- Secretaria de Sala Social y Administrativa
