Auto Supremo AS/0618/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0618/2013

Fecha: 08-Oct-2013

CONSIDERANDO II: Que, del análisis del expediente, corresponde señalar que el Tribunal Supremo de Justicia

CONSIDERANDO II: Que, del análisis del expediente, corresponde señalar que el Tribunal Supremo de Justicia tiene la obligación de examinar los procesos que llegan a su conocimiento a fin de establecer si los jueces y tribunales inferiores observaron las leyes y plazos que rigen su tramitación y conclusión para aplicar, en su caso, las sanciones pertinentes conforme establece el artículo 17 de la Ley del Órgano Judicial y si correspondiere disponer la nulidad de obrados de oficio, según lo prevé el artículo 252 del Código de Procedimiento Civil