Auto Supremo AS/0618/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0618/2013

Fecha: 08-Oct-2013

En este entendido, resulta inadecuado anular obrados cuando el recurso de apelación no contenga la

En este entendido, resulta inadecuado anular obrados cuando el recurso de apelación no contenga la expresión de agravios requerida, más aun si se tiene presente que el recurso de apelación defectuoso no constituye un acto procesal viciado o que afecte al debido proceso y al derecho a la defensa de la otra parte, sino que es una eventualidad propia del proceso imputable al impugnante, que no afecta al desarrollo de la causa y por ende al derecho de las partes; por lo que, no es factible, radicado el proceso ante el Tribunal Ad quem, retrotraer etapas procesales como se hace al anular obrados hasta la concesión del recurso de apelación de fs. 144 de obrados