CONSIDERANDO II
CONSIDERANDO II:
DE LOS FUNDAMENTOS DE LA IMPUGNACIÓN.-
Los recurrentes en casación, con la cita de los artículos 255-1), 253 inciso 1) y 2) y 254 inciso 4) del Código de Procedimiento Civil, hacen conocer que interponen recurso de casación en el fondo y en la forma, que luego de hacer una relación de los antecedentes del proceso ejecutivo, denuncian que, el Juez a quo, ha incurrido en error de hecho y de derecho; que no existe congruencia entre lo solicitado en la demanda con los puntos de hecho a probarse, lo probado y la sentencia; que dejo de fallar sobre la nulidad del Auto de Vista de fojas 182 a 184 que fue solicitado por el demandante
DE LOS FUNDAMENTOS DE LA IMPUGNACIÓN.-
Los recurrentes en casación, con la cita de los artículos 255-1), 253 inciso 1) y 2) y 254 inciso 4) del Código de Procedimiento Civil, hacen conocer que interponen recurso de casación en el fondo y en la forma, que luego de hacer una relación de los antecedentes del proceso ejecutivo, denuncian que, el Juez a quo, ha incurrido en error de hecho y de derecho; que no existe congruencia entre lo solicitado en la demanda con los puntos de hecho a probarse, lo probado y la sentencia; que dejo de fallar sobre la nulidad del Auto de Vista de fojas 182 a 184 que fue solicitado por el demandante
- CONSIDERANDO I
- En grado de apelación la Sala Civil Segunda de la entonces Corte Superior del Distrito
- Contra la resolución de segunda instancia, los demandados Doris Mendoza Vda
- CONSIDERANDO II
- De otro lado señalan que, el Tribunal de alzada, a momento de pronunciar el Auto
- Asimismo, denuncian que al haberse ordenado el secuestro de un motorizado, se ha conculcado derechos
- Por último, a tiempo de hacer conocer que en la apreciación de la prueba, se
- CONSIDERANDO III
- Por otra parte, los recursos de "casación en el fondo" y "casación en la forma",
- En la especie, no se ha dado cumplimiento a la obligación procesal descrita
- En consecuencia, al no haber cumplido los recurrentes con la carga legal prevista en el
- POR TANTO: La Sala Civil Liquidadora del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de
- Se regula el honorario de abogado en la suma de Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Libro Tomas de Razón 590/2013
