Auto Supremo AS/0611/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0611/2013

Fecha: 28-Nov-2013

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2.- Que, el Ad quem a fs. 584 vlta. Punto 8, se menciona el Auto Supremo 119/2012 que establece que el reconocimiento solo puede ser impugnado por el hijo reconocido o el padre biológico y avalan una gran mentira y pretenden indicar que su persona estuviera privando de filiación a un menor, lo que es falso y atentatorio y no revisan las Certificaciones que demuestran que la demandada interpuso una demanda de Declaración Judicial de Paternidad contra el verdadero padre de la menor a quien la justicia debiera presionarlo para no dañar la integridad de la menor, y que el Tribunal ni siquiera se dio el trabajo de revisar el Auto Supremo Nº 32 de 02 de marzo de 2005 que dice que la Sentencia tiene como finalidad averiguar la verdad y que la prueba del ADN es fundamental que no puede aceptarse el vínculo jurídico existente entre el padre o la madre y el hijo, con quien no es el padre con otra persona que no es su hijo