Auto Supremo AS/0611/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0611/2013

Fecha: 28-Nov-2013

De la normativa anterior, se infiere que resulta imperativo que las resoluciones emanadas de autoridades

De la misma manera la Ley Nº 2026 - Código Niño, Niña y Adolescente, en el art. 96 sobre la identidad refiere que: "El derecho a la identidad del niño, niña y adolescente, comprende el derecho al nombre propio e individual, a llevar tanto apellido paterno como materno y, en su defecto a llevar apellidos convencionales..."
De la normativa anterior, se infiere que resulta imperativo que las resoluciones emanadas de autoridades jurisdiccionales cumplan con la misma, contribuyendo con sus Resoluciones a su aplicación y actualmente a la modulación de las líneas jurisprudenciales en materia de menores, en la que se privilegia el principio del interés superior del menor, siguiendo asimismo los nuevos criterios donde se pone de manifiesto el nuevo orden constitucional en protección de los derechos, principios y garantías en favor de los niños, niñas y adolescentes, establecidos por la norma fundamental que debe ser de preferente aplicación cuando está de por medio, el interés superior de un menor