De la normativa anterior, se infiere que resulta imperativo que las resoluciones emanadas de autoridades
De la misma manera la Ley Nº 2026 - Código Niño, Niña y Adolescente, en el art. 96 sobre la identidad refiere que: "El derecho a la identidad del niño, niña y adolescente, comprende el derecho al nombre propio e individual, a llevar tanto apellido paterno como materno y, en su defecto a llevar apellidos convencionales..."
De la normativa anterior, se infiere que resulta imperativo que las resoluciones emanadas de autoridades jurisdiccionales cumplan con la misma, contribuyendo con sus Resoluciones a su aplicación y actualmente a la modulación de las líneas jurisprudenciales en materia de menores, en la que se privilegia el principio del interés superior del menor, siguiendo asimismo los nuevos criterios donde se pone de manifiesto el nuevo orden constitucional en protección de los derechos, principios y garantías en favor de los niños, niñas y adolescentes, establecidos por la norma fundamental que debe ser de preferente aplicación cuando está de por medio, el interés superior de un menor
De la normativa anterior, se infiere que resulta imperativo que las resoluciones emanadas de autoridades jurisdiccionales cumplan con la misma, contribuyendo con sus Resoluciones a su aplicación y actualmente a la modulación de las líneas jurisprudenciales en materia de menores, en la que se privilegia el principio del interés superior del menor, siguiendo asimismo los nuevos criterios donde se pone de manifiesto el nuevo orden constitucional en protección de los derechos, principios y garantías en favor de los niños, niñas y adolescentes, establecidos por la norma fundamental que debe ser de preferente aplicación cuando está de por medio, el interés superior de un menor
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Resolución de primera instancia que es recurrida de apelación por Carina Salazar Clavijo y por
- Del contenido del recurso de casación en el fondo se resume lo siguiente
- 2
- 3
- Concluye el recurso solicitando a este Tribunal que case el Auto de Vista de
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Así, el Pacto de San José de Costa Rica, en su art
- El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos en su art
- Normativa adoptada por La Constitución Política del Estado de 2009 que en su
- De la normativa anterior, se infiere que resulta imperativo que las resoluciones emanadas de autoridades
- Infiriéndose delo anterior, que resulta trascendental que los Jueces y Tribunales, garanticen a través de
- “En ese mismo sentido, es necesario tener en cuenta que, según lo estableció esta Corporación
- 1
- La jurisprudencia y la misma doctrina establecieron que la acción de impugnación del reconocimiento
- Por lo expuesto corresponde señalar que el Tribunal Ad quem ha emitido Resolución en correcta
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Durán
- Fdo. Mgdo. Rómulo Calle Mamani
- Fdo. Mgda. Rita Susana Nava Durán
- Registrado en el Libro de Tomas de Razón: séptimo
