II
CONSIDERANDO II: (Fundamentos sobre el planteamiento de casación)
Que, del estudio del Recurso de Casación, se establece como motivos del mismo, los siguientes:
I.- Antecedentes.- Hizo una relación de los hechos, respecto de la investigación, Sentencia, Apelación Restringida y Auto de Vista, señalando que se le vulneró el derecho al debido proceso, a la tutela judicial efectiva, no se respetó su dignidad humana, la seguridad jurídica, no se respetó la garantía de la presunción de inocencia, el derecho a la defensa, el derecho a ser oído y juzgado en proceso legal, infracciones cometidas desde el primer momento de la investigación y en el transcurso del proceso.
II.- Fundamentación del Recurso.- El delito de violación en grado de tentativa nunca cometió, no se aplicó correctamente de la Ley sustantiva y adjetiva, aspecto que no considerado por el Tribunal de Alzada, de lo que fundamentó:
1.- Violación de la Ley sustantiva por aplicación errónea (arts. 308 con relación al 8 del Código Penal), en este caso se le juzgó y sancionó con violación grave de las normas sustantivas previstas por la primera parte del art. 13 del Código Penal, porque no bastaba que la tentativa de violación se haya producido si no también se debió probar su autoría conforme lo dispone el art. 20 del Código Penal, aspectos que no fueron probados con elementos probatorios idóneos y convincentes de la real participación de su persona en el hecho delictivo
Que, del estudio del Recurso de Casación, se establece como motivos del mismo, los siguientes:
I.- Antecedentes.- Hizo una relación de los hechos, respecto de la investigación, Sentencia, Apelación Restringida y Auto de Vista, señalando que se le vulneró el derecho al debido proceso, a la tutela judicial efectiva, no se respetó su dignidad humana, la seguridad jurídica, no se respetó la garantía de la presunción de inocencia, el derecho a la defensa, el derecho a ser oído y juzgado en proceso legal, infracciones cometidas desde el primer momento de la investigación y en el transcurso del proceso.
II.- Fundamentación del Recurso.- El delito de violación en grado de tentativa nunca cometió, no se aplicó correctamente de la Ley sustantiva y adjetiva, aspecto que no considerado por el Tribunal de Alzada, de lo que fundamentó:
1.- Violación de la Ley sustantiva por aplicación errónea (arts. 308 con relación al 8 del Código Penal), en este caso se le juzgó y sancionó con violación grave de las normas sustantivas previstas por la primera parte del art. 13 del Código Penal, porque no bastaba que la tentativa de violación se haya producido si no también se debió probar su autoría conforme lo dispone el art. 20 del Código Penal, aspectos que no fueron probados con elementos probatorios idóneos y convincentes de la real participación de su persona en el hecho delictivo
- Con base a la Acusación Fiscal, previa la sustanciación del juicio oral, el Tribunal Segundo
- Que, ante esta Sentencia, Agustín Dionicio Carrasco Guzmán de fs
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- II
- La Sentencia incurrió en violación del inc
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- a) Inexistencia de delito flagrante Vs
- Precedentes Contradictorios
- Puntualización del Agravio
- Aplicación que se pretende
- De la solicitud
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- De ahí según prevé el art
- La procedencia del Recurso de Casación, está dada al cumplimiento de un conjunto de requisitos
- De la forma
- En el Recurso de Casación, se deberá señalar, la contradicción en términos precisos y como
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- Plazo: La fecha, desde la que corresponde computar el plazo de los 5 días para
- A) De la invocación en el Recurso de Apelación Restringida
- Con relación a
- Respecto de
- Por tanto, el recurso planteado no cumple con las exigencias establecidas por el legislador, toda
- El recurso de casación, además de su función propia nomofiláctica y unificadora de doctrina, cumple
- Con relación a la denuncia de supuestos defectos absolutos en que hubiera incurrido el Tribunal
- Por lo señalado anteriormente, el Recurso de Casación resulta inadmisible, toda vez que el recurrente,
- POR TANTO
- Magistrado Relator: Dr. William E. Alave Laura
