Acusando la violación del principio del debido proceso, legalidad y presunción de inocencia, el recurrente
II. DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
Del memorial que cursa de fs. 184 a 186, se extraen los siguientes motivos:
Acusando la violación del principio del debido proceso, legalidad y presunción de inocencia, el recurrente señala los siguientes agravios:
1)Inobservancia y errónea aplicación de la ley, pues el Tribunal de alzada no consideró que en el caso hubo consentimiento, no existió amenaza, violencia o intimidación a la víctima y, no obstante ello, se calificó su conducta como Violación sancionándole con la pena de quince años de presidio, con las agravantes de amenazas y violencia, calificación que considera errada porque no se fundamentó jurídica ni fácticamente las amenazas e intimidación, lo que denota irresponsabilidad en el manejo de la prueba y la dirección investigativa. Aclaró que se suscitaron dos hechos en diferentes tiempos: asesinato y violación, en el primero no se determinó su vinculación y en el segundo, el Ministerio Publico y el Tribunal de juicio, no pueden basar la acusación, ni sustentar la Sentencia condenatoria, en el certificado médico forense y en su declaración viciada en cuanto a su obtención; además, que las amenazas y la violencia no fueron probadas
Del memorial que cursa de fs. 184 a 186, se extraen los siguientes motivos:
Acusando la violación del principio del debido proceso, legalidad y presunción de inocencia, el recurrente señala los siguientes agravios:
1)Inobservancia y errónea aplicación de la ley, pues el Tribunal de alzada no consideró que en el caso hubo consentimiento, no existió amenaza, violencia o intimidación a la víctima y, no obstante ello, se calificó su conducta como Violación sancionándole con la pena de quince años de presidio, con las agravantes de amenazas y violencia, calificación que considera errada porque no se fundamentó jurídica ni fácticamente las amenazas e intimidación, lo que denota irresponsabilidad en el manejo de la prueba y la dirección investigativa. Aclaró que se suscitaron dos hechos en diferentes tiempos: asesinato y violación, en el primero no se determinó su vinculación y en el segundo, el Ministerio Publico y el Tribunal de juicio, no pueden basar la acusación, ni sustentar la Sentencia condenatoria, en el certificado médico forense y en su declaración viciada en cuanto a su obtención; además, que las amenazas y la violencia no fueron probadas
- Por memorial presentado el 15 de noviembre de 2013, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c) El imputado fue notificado con el referido Auto de Vista el 8 de noviembre
- Acusando la violación del principio del debido proceso, legalidad y presunción de inocencia, el recurrente
- El art
- 42 de la Ley del Órgano Judicial (LOJ), que establece entre otras atribuciones de las
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Conforme se tiene señalado, el recurso de casación, condiciona su admisión al cumplimiento de los
- Como quiera que en el caso el recurrente pretende la admisión de su recurso vía
- Conforme lo señalado, el recurrente cumplió con las exigencias para la admisión del recurso vía
- Regístrese, hágase saber y cúmplase.
