II
II.2. Como un segundo motivo de casación, señala que el Auto de Vista impugnado, violó su derecho a la defensa porque con fundamentación insuficiente convalidó la Sentencia que contiene fundamentación insuficiente, ello se evidencia, según señala, de la conclusión del Tribunal de alzada, que señaló que en su condición de abogado reconoció que no realizó los respectivos reconocimientos porque eso le correspondía a la sección jurídica de la entidad; sin embargo, no tomaron en cuenta la existencia del Decreto Supremo 26143 que reglamenta el funcionamiento de DIRCABI y de la unidad de Asesoría Jurídica
- Por memorial presentado el 8 de agosto de 2012, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Del recurso de casación, que contiene la inicial relación de antecedentes referidos a la excepción
- II
- Dentro de este motivo, también denuncia que no se pronunciaron con relación a la errónea
- En cuanto al delito de Contratos Lesivos al Estado, cuestiona el argumento del Tribunal Séptimo
- En el caso analizado, de la revisión de los antecedentes, se tiene que el recurso
- La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad reconocida en el
- Regístrese, hágase saber y cúmplase.
