En los motivos sexto, séptimo y octavo, el recurrente se limita a transcribir todos los
En el quinto motivo, denuncia que el Tribunal de alzada, al punto II.2 de su recurso de apelación restringida, no dio una respuesta clara, específica ni lógica, sino que basó su fundamentación en hechos del primero juicio que fue anulado mediante Auto de Vista dictado por la misma Sala Penal; al respecto, cita como precedentes contradictorios los Autos Supremos 236 de 7 de marzo de 2007, 368 de 17 de septiembre de 2005 y 111 de 31 de enero de 2007, referentes a la labor de subsunción a tiempo de dictar sentencia y la prohibición de revalorización de la prueba por el Tribunal de alzada. Por lo que, estando identificado la posible contradicción entre el Auto de Vista recurrido con los precedentes invocados, corresponde ingresar al análisis de fondo de este motivo.
En los motivos sexto, séptimo y octavo, el recurrente se limita a transcribir todos los argumentos expuestos en los puntos II.3, II.4 y II.5 del recurso de apelación restringida, omitiendo cumplir con la labor que le encomienda el art. 416 del CPP, pues no señala en términos claros y precisos la contradicción que existiría entre el Auto de Vista impugnado con los Autos Supremos 236 de 7 de marzo de 2007 y 368 de 17 de septiembre de 2005, invocados como precedentes; además, no identifica de forma clara y precisa los hechos similares, menos las normas vulneradas o la solución pretendida; por ello, respecto a estos motivos, no es posible cumplir con la labor encomendada a este Tribunal por el art. 419 del CPP
- El memorial presentado por Bismark Martín Armaza Gutiérrez cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- iii)Diligenciada las notificaciones a las partes con el referido Auto de Vista, el imputado interpuso
- Del memorial de fs. 1157 a 1178 vta., se identifican los siguientes motivos
- Cita los Autos Supremos 368 de 17 de septiembre de 2005 y 236 de 7
- 3)El recurrente también expresa que, en el punto II
- Haciendo referencia al séptimo “CONSIDERANDO” del Auto de Vista impugnado, señala que, esa respuesta implica
- Al respecto señala que, el Tribunal de alzada, al haber obviado esta denuncia en el
- Cita el Auto Supremo 368 de 17 de septiembre de 2005, señalando que el Tribunal
- 6)Señala que, en el Punto II
- 7)Indica que, en el Punto II
- En mérito a los puntos expuestos y los Autos Supremos 578 de 26 de noviembre
- El art
- En este contexto, el art
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Precisados como están los requisitos de admisibilidad que deben observarse a tiempo de interponer el
- Con relación a los demás requisitos, se tiene que el recurrente por el primer motivo,
- Por el segundo motivo, denuncia que el Tribunal de alzada, sin leer el acta de
- Por el tercer motivo, señala que en el punto II
- En el cuarto motivo, el recurrente limita su labor recursiva a transcribir todos los fundamentos
- En los motivos sexto, séptimo y octavo, el recurrente se limita a transcribir todos los
- La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el
- Regístrese, hágase saber y cúmplase.
