Haciendo referencia al séptimo “CONSIDERANDO” del Auto de Vista impugnado, señala que, esa respuesta implica
Haciendo referencia al séptimo “CONSIDERANDO” del Auto de Vista impugnado, señala que, esa respuesta implica una parcialización con la parte civil y el Ministerio Público y no cumple con lo establecido por el art. 124 del CPP, por no tener fundamentación y motivación jurídica. Refiriéndose nuevamente a los Autos Supremos 368 de 17 de septiembre de 2005 y 236 de 7 de marzo de 2007 y a la SC 1537/2012 de 24 de septiembre, pide que en mérito al art. 17 de la LOJ y la SC 593 de 22 de abril de 2004, se deje sin efecto el Auto de Vista recurrido
- El memorial presentado por Bismark Martín Armaza Gutiérrez cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- iii)Diligenciada las notificaciones a las partes con el referido Auto de Vista, el imputado interpuso
- Del memorial de fs. 1157 a 1178 vta., se identifican los siguientes motivos
- Cita los Autos Supremos 368 de 17 de septiembre de 2005 y 236 de 7
- 3)El recurrente también expresa que, en el punto II
- Haciendo referencia al séptimo “CONSIDERANDO” del Auto de Vista impugnado, señala que, esa respuesta implica
- Al respecto señala que, el Tribunal de alzada, al haber obviado esta denuncia en el
- Cita el Auto Supremo 368 de 17 de septiembre de 2005, señalando que el Tribunal
- 6)Señala que, en el Punto II
- 7)Indica que, en el Punto II
- En mérito a los puntos expuestos y los Autos Supremos 578 de 26 de noviembre
- El art
- En este contexto, el art
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Precisados como están los requisitos de admisibilidad que deben observarse a tiempo de interponer el
- Con relación a los demás requisitos, se tiene que el recurrente por el primer motivo,
- Por el segundo motivo, denuncia que el Tribunal de alzada, sin leer el acta de
- Por el tercer motivo, señala que en el punto II
- En el cuarto motivo, el recurrente limita su labor recursiva a transcribir todos los fundamentos
- En los motivos sexto, séptimo y octavo, el recurrente se limita a transcribir todos los
- La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el
- Regístrese, hágase saber y cúmplase.
