Auto Supremo AS/0340/2013-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0340/2013-RA

Fecha: 19-Dic-2013

Por el último motivo los recurrentes expresan que el Auto de Vista es contrario a


En el cuarto motivo, denuncian que el Auto de Vista, de los cinco motivos que plantearon en su recurso de apelación restringida, sólo respondió tres y obvió dar una respuesta a los motivos tercero y quinto; además, que la respuesta se la realizó de manera conjunta con un sólo argumento, vulnerando así el principio de exhaustividad y el debido proceso, en contradicción con los Autos Supremos 442 de 10 de septiembre de 2007, 60 de 30 de marzo de 2012 y 368 de 5 de diciembre de 2012, relativos al deber del tribunal de apelación de una adecuada motivación de sus resoluciones respecto a cada punto impugnado, a la observancia de los arts. 124 y 398 del CPP y al derecho a la debida fundamentación. Estando precisado la posible contradicción que existiría entre el Auto de Vista con los precedentes invocados, también corresponde a este Tribunal desarrollar la labor de contraste que la ley le otorga.

Por el último motivo los recurrentes expresan que el Auto de Vista es contrario a los Autos Supremos 100 de 24 de marzo de 2005, 141 de 22 de abril de 2006 y 442 de 10 de septiembre de 2007, porque carece de motivación al no haberse explicado sus razonamientos sobre los aspectos cuestionados. Puede advertirse que, en este motivo los recurrentes incluso haciendo referencia al motivo anterior, se limitan a señalar que el Auto de Vista carece de fundamentación, pero no precisan la contradicción que existiría entre el Auto de Vista impugnado con los precedentes invocados, pues no es admisible una denuncia imprecisa y generalizada, sin identificar el agravio, no corresponde el análisis de fondo de este motivo