Por el último motivo los recurrentes expresan que el Auto de Vista es contrario a
En el cuarto motivo, denuncian que el Auto de Vista, de los cinco motivos que plantearon en su recurso de apelación restringida, sólo respondió tres y obvió dar una respuesta a los motivos tercero y quinto; además, que la respuesta se la realizó de manera conjunta con un sólo argumento, vulnerando así el principio de exhaustividad y el debido proceso, en contradicción con los Autos Supremos 442 de 10 de septiembre de 2007, 60 de 30 de marzo de 2012 y 368 de 5 de diciembre de 2012, relativos al deber del tribunal de apelación de una adecuada motivación de sus resoluciones respecto a cada punto impugnado, a la observancia de los arts. 124 y 398 del CPP y al derecho a la debida fundamentación. Estando precisado la posible contradicción que existiría entre el Auto de Vista con los precedentes invocados, también corresponde a este Tribunal desarrollar la labor de contraste que la ley le otorga.
Por el último motivo los recurrentes expresan que el Auto de Vista es contrario a los Autos Supremos 100 de 24 de marzo de 2005, 141 de 22 de abril de 2006 y 442 de 10 de septiembre de 2007, porque carece de motivación al no haberse explicado sus razonamientos sobre los aspectos cuestionados. Puede advertirse que, en este motivo los recurrentes incluso haciendo referencia al motivo anterior, se limitan a señalar que el Auto de Vista carece de fundamentación, pero no precisan la contradicción que existiría entre el Auto de Vista impugnado con los precedentes invocados, pues no es admisible una denuncia imprecisa y generalizada, sin identificar el agravio, no corresponde el análisis de fondo de este motivo
- El memorial presentado por Martha Juana Vargas de Calderón y Raúl Calderón Camacho, cursante de
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b)Contra la citada Sentencia, los imputados Martha Kenia Calderón Vargas (fs
- En el preámbulo, los recurrentes exponen los antecedentes del proceso y hacen referencia a la
- 2)En este motivo señalan que, en su recurso de apelación restringida denunciaron errónea aplicación
- Finalizan refiriéndose al entendimiento doctrinal del debido proceso, para señalar que: “tan es la violación
- 3)Refiere que, por el cuarto motivo del recurso de apelación restringida denunciaron la falta de
- 2012 y 368 de 5 de diciembre de 2012, relativos a la violación del principio
- 5)Finalmente expresan que, el Auto de Vista carece de motivación y razonamiento, en contradicción de
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- noviembre conforme consta a fs
- En el segundo motivo, haciendo referencia al motivo de su recurso de apelación restringida, sobre
- Por el tercer motivo alegan que, la respuesta otorgada por el Tribunal de alzada al
- Por el último motivo los recurrentes expresan que el Auto de Vista es contrario a
- Regístrese, hágase saber y cúmplase.
