Auto Supremo AS/0354/2013-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0354/2013-RRC

Fecha: 27-Dic-2013

Por los motivos explicados, se concluye que el Tribunal de apelación ha dado cumplimiento a


Como se observa de los fundamentos del Tribunal de alzada contenidos en la Resolución impugnada, en principio, se tiene que dio respuesta a todos los agravios denunciados por el apelante, pues sobre el reclamo de errónea aplicación sustantiva, de forma expresa y debidamente motivada, descartó el referido defecto, y si bien sobre el documento falsificado encontró que el Tribunal de sentencia no estableció su calidad; realizó una fundamentación complementaria, señalando que el documento falsificado que fue usado por los imputados, se trató de un documento público al haber sido reconocido ante autoridad competente; lo que implica que la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, ejerció la facultad que le reconoce el apartado segundo del art. 414 del CPP, que señala: “Asimismo, el tribunal, sin anular la sentencia recurrida, podrá realizar una fundamentación complementaria.” En tal sentido, se tiene que los criterios contenidos en la doctrina legal establecida por la Sala Penal Primera de este Tribunal, han sido observados plenamente por el Tribunal de apelación, sin que sea evidente el agravio alegado por los recurrentes y que motivó la apertura de competencia de este Tribunal para su análisis de fondo.

Por los motivos explicados, se concluye que el Tribunal de apelación ha dado cumplimiento a la doctrina legal aplicable sentada por Auto Supremo 219/2013 de 30 de julio, dictado en este proceso y la normativa penal vigente; en cuyo mérito, corresponde declarar infundado el presente recurso de casación