Auto Supremo AS/0354/2013-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0354/2013-RRC

Fecha: 27-Dic-2013

Tal como se evidencia de los antecedentes del presente caso, la Sala Penal Primera de


Tal como se evidencia de los antecedentes del presente caso, la Sala Penal Primera de este Tribunal, a través del Auto Supremo 219/2013 de 30 de julio, conoció y resolvió un anterior recurso de casación planteado por los imputados, estableciéndose en esa oportunidad, que el Tribunal de alzada no se pronunció sobre todos los puntos apelados por los recurrentes; en cuyo mérito, se fundamentó: “…en el caso de autos el Tribunal de Alzada al momento de resolver el primer agravio denunciado en apelación restringida por los imputados, referente a la errónea aplicación de la ley sustantiva; no cumplió a cabalidad con la labor de revisión de lo actuado por el Tribual de mérito, toda vez que de la motivación del Auto de Vista respecto a esta denuncia se advierte que no efectuó ninguna argumentación referente a que si el Tribunal Ad quo efectuó el análisis para determinar si el documento alterado es de carácter público o de orden privado; a pesar de que este aspecto fuere reclamado de manera específica en el recurso de apelación restringida…” (sic); y, se sentó la siguiente doctrina legal aplicable: “El Tribunal de apelación en el marco de su competencia, debe circunscribir la resolución de Alzada a los puntos denunciados en el recurso de apelación restringida, los cuales serán absueltos con la debida motivación y en base de argumentos jurídicos individualizados y sólidos, a fin de que se pueda inferir respuesta con criterios jurídicos al caso en concreto