Auto Supremo AS/0669/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0669/2013

Fecha: 04-Dic-2013

Violación al principio de celeridad señalando que en varias oportunidades se hubiese suspendido las audiencias

Violación al principio de celeridad señalando que en varias oportunidades se hubiese suspendido las audiencias por causas no atribuibles a su persona, invoca como precedente contradictorio el Auto Supremo N° 37 de 27 de enero de 2007