Auto Supremo AS/0723/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0723/2013

Fecha: 02-Dic-2013

De una interpretación literal y racional de esta cláusula contractual (ley entre partes), se tiene

De una interpretación literal y racional de esta cláusula contractual (ley entre partes), se tiene que, el aludido contrato de trabajo colectivo fue por un año, tomando en cuenta que el año tiene 365 días, cuyo plazo corrió – tal como menciona la cláusula - a partir de su suscripción, es decir del 12 de enero de 2010, entendemos entonces que debió finalizar el 11 de enero de 2011. En las Bases y Condiciones Contractuales del Contrato Colectivo de Trabajo de fs. 15 a 20 por el periodo 2009 - homologado por Resolución Administrativa Nº 537/09 de 21 de julio de 2009 -, conforme al Régimen Décimo Tercero.- De la Duración, se estableció como inicio del contrato el 2 de enero de 2009 – entendiéndose que el 1 de enero es feriado -, lo que guarda relación con el plazo de un año hasta el 31 de diciembre, o lo que es lo mismo hasta las 00:00 horas del día 1 de enero prorrogado por el feriado al 2 de enero; por cuanto las entidades públicas, no pueden comprometer recursos para otras gestiones, conforme lo establece la normativa establecidas en la Ley Financial o Presupuestaria de cada gestión