En el caso del recurso de casación interpuesto por el procesado, éste alegó que el
En el caso del recurso de casación interpuesto por el procesado, éste alegó que el tribunal de apelación habría incurrido en el defecto absoluto de falta de pronunciamiento de todos los puntos apelados obrando así en contradicción del Auto Supremo Nº 411 de 20 de octubre de 2006 que sustentaría su denuncia
- CONSIDERANDO I: Que, el Tribunal de Sentencia Nº 1 de la ciudad de Sucre pronunció
- Que, la sentencia condenatoria pronunciada por el tribunal de la causa fue objeto de impugnación
- CONSIDERANDO III: Que, a través de los recursos de casación cursantes de fs
- En el caso del recurso de casación interpuesto por el procesado, éste alegó que el
- CONSIDERANDO IV: Que, para los efectos de la presente resolución, corresponde tener presente que desde
- Que, en el contexto antes señalado, el sistema procesal penal vigente en el país ha
- CONSIDERANDO V: Que, ingresando a la consideración de las condiciones de admisibilidad de los recursos
- Que, en el caso del recurso de casación presentado por el Ministerio Público se tiene
- Que, en el caso del recurso de casación presentado por el procesado se tiene que
- POR TANTO: La Sala Penal Liquidadora del Tribunal Supremo de Justicia, en cumplimiento del art
- Magistrada Relatora: Dra. Ma. Lourdes Bustamante Ramírez
