Auto Supremo AS/0756/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0756/2013

Fecha: 17-Dic-2013

CONSIDERANDO IV: Que, para los efectos de la presente resolución, corresponde tener presente que desde

CONSIDERANDO III: Que, a través del recurso de casación cursante a fs. 145 y vlta., la procesada Mercedes Orellana Peña impugna la resolución jurisdiccional contenida en el Auto de Vista Nº 029 de 21 de julio de 2009 cursante de fs. 140 a 142 pronunciado por la Sala Penal de la Corte Superior del Distrito Judicial de Beni aduciendo que el tribunal de la causa habría olvidado favorecerla con la duda razonable, caso en el que correspondía aplicar el Art. 413 del Código de Procedimiento Penal .
CONSIDERANDO IV: Que, para los efectos de la presente resolución, corresponde tener presente que desde una perspectiva amplia, señala ORTELLS RAMOS, el medio de impugnación se define como el instrumento legal puesto a disposición de las partes, destinado a atacar una resolución judicial para provocar su reforma, su anulación o bien su nulidad. Así, el principio de legalidad exige tanto resoluciones ajustadas a la Ley como materialmente justas, lo cual además se engarza en el derecho fundamental a la tutela jurisdiccional: la resolución judicial debe ser fundada y guardar armonía con la Ley y los valores que inspiran el ordenamiento jurídico. Precisamente para garantizar esta sumisión de la decisión judicial a la ley y a la justicia existen los medios de impugnación, con los cuales se configura una verdadera actividad depuradora como garantía o derecho de los justiciables