Auto Supremo AS/0770/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0770/2013

Fecha: 24-Dic-2013

Por lo establecido, se concluye que éste Tribunal no tiene abierta su competencia para resolver

Por lo establecido, se concluye que éste Tribunal no tiene abierta su competencia para resolver el fondo del recurso indebidamente planteado, haciendo inviable su consideración respecto al fondo del litigio, por tanto, corresponde resolver el mismo según lo previsto por los artículos 271. 1) y 272. 1) ambos del Código de Procedimiento Civil, aplicables por mandato de la norma remisiva contenida en los artículos 214 y 297. II de la Ley Nº 1340 de 28 de mayo de 1992 y 74. 2 de la Ley Nº 2492 Código Tributario de 2 de agosto de 2003