- Dicho fallo motivó el recurso de casación y/ o nulidad de 146 a 147 vta
- Por otra parte, señaló que es también falso lo afirmado por el actor, en sentido
- CONSIDERANDO II: Que, del examen del recurso, corresponde verificar si es o no evidente lo
- Por lo precedentemente manifestado, se advierte que los personeros de la Empresa demandada, tenían pleno
- En este entendido, se puede señalar que no es posible desconocer el derecho que tiene
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia de Justicia, en
- Se regula el honorario de abogado en la suma de Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmando: Dr. Antonio G. Campero Segovia
- Ante mí: Dra. Carla Jimena Rivera Taboada
- Secretaria de Sala Social y Administrativa
