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Por otra parte, señaló que es también falso lo afirmado por el actor, en sentido de haber remitido a CIABOL Ltda., facturas por los supuestos pagos efectuados en razón del falso e inexistente accidente de trabajo, ya que no existe nota alguna que acredite la entrega y recepción de tales documentos; extremo valorado correctamente por el a quo, sin embargo; el Tribunal ad quem, sin ningún apego normativo, concedieron esta solicitud, en desmedro de la parte empleadora
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