Auto Supremo AS/0771/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0771/2013

Fecha: 24-Dic-2013

POR TANTO: La Sala Social y Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia de Justicia, en

Por lo expuesto, se concluye que al no ser evidentes las infracciones denunciadas en el recurso de casación y/o nulidad de fs. 146 a 147 vta., las cuales carecen de sustento legal y fáctico; corresponde resolver en el marco de las disposiciones legales contenidas en los artículos 271. 2) y 273 del Código de Procedimiento Civil, aplicables por la norma remisiva prevista en el artículo 252 del Código Procesal del Trabajo.

POR TANTO: La Sala Social y Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia de Justicia, en ejercicio de la atribución conferida por los artículos 184. 1 de la Constitución Política del Estado y 42. I. 1 de la Ley del Órgano Judicial Nº 025 de 24 de junio de 2010, declara INFUNDADO el recurso de casación y/o nulidad de fs. 146 a 147 vta., con costas