Auto Supremo AS/0773/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0773/2013

Fecha: 24-Dic-2013

Fundamentos jurídicos del fallo

2. En cuanto al pago de desahucio, anotó que no correspondía su otorgación en aplicación del artículo 16. f) de la Ley General del Trabajo, toda vez que, la actora jamás fue despedida de su fuente laboral, sino que, fue la misma, quien de manera voluntaria dejó de asistir a su fuente de trabajo, no siendo aplicable la inversión de la prueba regulada por los artículos 3. h), 66 y 150 del adjetivo laboral, por cuanto no tuvieron oportunidad de defenderse, al no tomar conocimiento del caso por la mala citación efectuada con la demanda, aspecto no considerado por el Tribunal ad quem.
Concluyó solicitando el Tribunal Supremo de Justicia, “…case el auto impugnado determinando la nulidad del presente auto de vista, la sentencia hasta proceder con una correcta y nueva citación con la demanda principal y/o en definitiva revocando este y se disponga la no existencia de desahucio en este caso…” (sic.).
CONSIDERANDO II:
Fundamentos jurídicos del fallo