Que tramitado el proceso de conformidad con el Código Procesal del Trabajo como norma especial
Distrito: Oruro
Magistrado Relator: Dr. Antonio G. Campero Segovia
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VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 162 a 163 vta., interpuesto por Carlos Vera Gonzáles, en su condición de representante legal de National Tenis Club, contra el Auto de Vista Nº 128/2013 de 3 de septiembre de 2013 de fs. 158 a 160, pronunciado por la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, dentro el proceso social por pago de beneficios sociales y otros derechos laborales que sigue Claudia Marcela López Rodríguez, contra National Tenis Club; la respuesta de fs. 167; el Auto de fs. 168 por el que se concedió el recurso; los antecedentes del proceso; y
CONSIDERANDO I:
I. 1. Antecedentes con relevancia jurídica
Que tramitado el proceso de conformidad con el Código Procesal del Trabajo como norma especial que regula la materia, la Juez de Partido Segundo de Trabajo y Seguridad Social de Oruro, pronunció la Sentencia Nº 014/2013 de 28 de enero de 2013 (fs. 134 a 139 vta.), por la que resolvió declarar probada en parte la demanda en lo referente al pago de indemnización, desahucio, vacación, aguinaldo y sueldos devengados, cuyo monto total a pagar se estableció en la suma de Bs.7.644,36.- (Siete mil seiscientos cuarenta y cuatro 36/100 Bolivianos), ordenando se pague a tercero día de ejecutoriada la resolución, bajo alternativa de aplicarse lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 28699 de 1 de mayo de 2006
Magistrado Relator: Dr. Antonio G. Campero Segovia
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VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 162 a 163 vta., interpuesto por Carlos Vera Gonzáles, en su condición de representante legal de National Tenis Club, contra el Auto de Vista Nº 128/2013 de 3 de septiembre de 2013 de fs. 158 a 160, pronunciado por la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, dentro el proceso social por pago de beneficios sociales y otros derechos laborales que sigue Claudia Marcela López Rodríguez, contra National Tenis Club; la respuesta de fs. 167; el Auto de fs. 168 por el que se concedió el recurso; los antecedentes del proceso; y
CONSIDERANDO I:
I. 1. Antecedentes con relevancia jurídica
Que tramitado el proceso de conformidad con el Código Procesal del Trabajo como norma especial que regula la materia, la Juez de Partido Segundo de Trabajo y Seguridad Social de Oruro, pronunció la Sentencia Nº 014/2013 de 28 de enero de 2013 (fs. 134 a 139 vta.), por la que resolvió declarar probada en parte la demanda en lo referente al pago de indemnización, desahucio, vacación, aguinaldo y sueldos devengados, cuyo monto total a pagar se estableció en la suma de Bs.7.644,36.- (Siete mil seiscientos cuarenta y cuatro 36/100 Bolivianos), ordenando se pague a tercero día de ejecutoriada la resolución, bajo alternativa de aplicarse lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 28699 de 1 de mayo de 2006
- Expediente: 438/2013-S
- Que tramitado el proceso de conformidad con el Código Procesal del Trabajo como norma especial
- En apelación deducida por la entidad demandada (fs
- I. 2. Recurso de casación
- Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo (fs
- Fundamentos jurídicos del fallo
- Que, la primera controversia está referida a la nulidad de obrados pretendida por la entidad
- En ese sentido, se hace evidente que el incidente de nulidad formulado por la
- En consecuencia, éste Tribunal Supremo no puede ingresar a resolver la vulneración denunciada en los
- Por otra parte, en cuanto al pago del desahucio, bajo el entendimiento que no correspondía
- Por lo relacionado, y no siendo evidentes las vulneraciones denunciadas en el recurso examinado, conforme
- Se regula el honorario del profesional abogado en la suma de Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmando: Dr. Antonio G. Campero Segovia
- Ante mí: Dra. Carla Jimena Rivera Taboada
- Secretaria de Sala Social y Administrativa
