III.1. El derecho del debido proceso, acceso a la justicia y el principio de inmediación
III. VERIFICACIÓN DE LA EXISTENCIA DE VULNERACIÓN DE LOS DERECHOS DE ACCESO A LA JUSTICIA, AL DEBIDO PROCESO
Y EL PRINCIPIO DE INMEDIACION
Previamente corresponde destacar que este Tribunal, flexibilizando los requisitos exigidos por las normas procesales penales, admitió el presente recurso abriendo su competencia de manera extraordinaria a fin de verificar la posible vulneración de derechos constitucionales a la justicia, al debido proceso, así como al principio de inmediación, toda vez que los imputados ahora recurrentes denuncian que pese a ser absueltos de pena y culpa por el Tribunal de Sentencia, el de alzada habría emitido una Sentencia en segunda instancia, sin fijar los preceptos y alcances del art. 413 última parte del CPP, determinando su culpabilidad por el delito de Concusión Impropia, correspondiendo resolver la problemática planteada, a cuyo efecto es menester precisar algunas consideraciones de orden doctrinal y normativo respecto a los derechos y principio que se denuncia como vulnerados, para luego ingresar al análisis del caso en concreto.
III.1. El derecho del debido proceso, acceso a la justicia y el principio de inmediación
Y EL PRINCIPIO DE INMEDIACION
Previamente corresponde destacar que este Tribunal, flexibilizando los requisitos exigidos por las normas procesales penales, admitió el presente recurso abriendo su competencia de manera extraordinaria a fin de verificar la posible vulneración de derechos constitucionales a la justicia, al debido proceso, así como al principio de inmediación, toda vez que los imputados ahora recurrentes denuncian que pese a ser absueltos de pena y culpa por el Tribunal de Sentencia, el de alzada habría emitido una Sentencia en segunda instancia, sin fijar los preceptos y alcances del art. 413 última parte del CPP, determinando su culpabilidad por el delito de Concusión Impropia, correspondiendo resolver la problemática planteada, a cuyo efecto es menester precisar algunas consideraciones de orden doctrinal y normativo respecto a los derechos y principio que se denuncia como vulnerados, para luego ingresar al análisis del caso en concreto.
III.1. El derecho del debido proceso, acceso a la justicia y el principio de inmediación
- Parte imputada : Joselin Peña Rosales, Juan Milton Morales Zelada, Humberto Almendras, Everth Ramos Vela,
- El recurso de casación interpuesto por Joselin Peña Rosales, Juan Milton Morales Zelada, Humberto Almendras
- Contra la mencionada Sentencia, el representante del Ministerio Público, Fiscal de Materia José Luis Bravo
- Del memorial de recurso de casación de fs
- Los recurrentes solicitaron se deje sin efecto el Auto de Vista impugnado y se dicte
- Mediante Auto Supremo 320/2012-RA de 4 de diciembre, cursante de fs
- De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación, se establece lo siguiente
- Jose Luis Bravo Algarañaz, Fiscal de Materia de Sustancias Controladas, mediante memorial cursante de fs
- También refirió que se estableció el carácter descriptivo de la Concusión Impropia previsto en el
- Asimismo, refiere el Tribunal de alzada que su actividad está ajustado a que "c)
- Notificados con tal determinación, los imputados, plantearon el recurso de casación (fs
- III.1. El derecho del debido proceso, acceso a la justicia y el principio de inmediación
- En ese contexto se entiende, el acceso a la justicia como el derecho que tiene
- Así, -continua el profesor Badeni- se puede identificar el debido proceso sustantivo, como el debido
- Además, en la dimensión normativa, el debido proceso se presenta en una triple dimensión: como
- Finalmente, respecto al principio de inmediación, el art
- Consecuentemente, los derechos del debido proceso, de acceso a la justicia y el principio de
- En el caso de autos, se evidencia de la revisión y análisis de antecedentes, que
- Sin embargo, la doctrina legal contenida en los Autos Supremos referidos por el Tribunal de
- realización de nuevo juicio, toda vez que el Tribunal de Sentencia no hubo resuelto la
- Entonces, los Autos Supremos referidos por el Tribunal de apelación para poder cambiar la situación
- Asimismo, el Auto Supremo 89/2012 de 25 de abril, señaló que: "Conforme a la jurisprudencia
- Esta doctrina se ha mantenido uniforme, pues esta Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de
- Sobre la temática planteada, corresponde precisar que, si el Tribunal de apelación constató la inobservancia
- Así, el hecho de que un Tribunal de alzada se pronuncie u otorgue valor a
- Lo anterior significa que el Auto de Vista recurrido, viola los derechos al debido proceso,
- Por otra parte, este Tribunal recuerda a los integrantes de la Sala Penal Primera del
- La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
