- CONSIDERANDO I
- En recurso de apelación deducido por la asegurada (fs
- Esta resolución motivó el recurso de casación en el fondo (fs
- En consecuencia manifestó que la asegurada a momento de iniciar su trámite presentó un certificado
- Por otro lado refirió que en aplicación de los artículos 477 del Reglamento al Código
- CONSIDERANDO II: Que así planteado el recurso, ingresando a su análisis en relación a los
- Al respecto, cabe puntualizar que si bien el Tribunal Electoral certificó que la fecha de
- Respecto a la normativa invocada como vulnerada, se tiene que en el artículo 594 del
- En cuanto al reclamo de que el Auto de Vista recurrido no consideró la atribución
- Por todo lo expuesto, se concluye que el Auto de Vista recurrido no transgredió ni
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmando: Dra. Norka N. Mercado Guzmán
- Dr. Antonio G. Campero Segovia
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