Por otra parte, si bien el recurrente afirma que el Auto de Vista 003/2013, adolece
Por otra parte, si bien el recurrente afirma que el Auto de Vista 003/2013, adolece de una mala interpretación sobre el significado de la sana crítica por parte del juez de sentencia, no es menos cierto que la sola enunciación y transcripción del Auto Supremo 131 de enero de 2007, y su indicación como precedente contradictorio, conlleve el señalamiento de la existencia de contradicción en términos precisos como exige la norma, pues, la fundamentación que se exige, es equiparable a los argumentos que sostenga el recurrente de manera clara, puntual y precisa, debiendo señalar cuáles los motivos exactos en los que asienta su reclamo, situación no presente en el caso en examen, de lo que se desprende el incumplimiento de la norma procesal y que ha sido señalada en el apartado III de la presente Resolución
- Empresa Droguería Inti S.A
- Por memorial presentado el 23 de enero de 2013, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, Daniel Núñez Vela Bruening en representación de la Empresa Droguería
- De los memorial que cursa de fs. 323 a 326, se extraen los siguientes motivos
- En este punto, el recurrente, realiza valoraciones sobre los entendimientos del Juez de Sentencia en
- Bajo el rótulo de "AUTO DE VISTA NO
- El art
- invocados, sea por haberse aplicado normas distintas o una misma norma con diverso alcance; pues
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Conforme se tiene señalado, el recurso de casación, condiciona su admisión al cumplimiento de los
- En el presente caso, el recurso en análisis, basa su reclamo apuntando a defectos que
- Por otra parte, si bien el recurrente afirma que el Auto de Vista 003/2013, adolece
- Por último cabe acotar que el recurso de casación responde también a la secuencia procesal
- En consecuencia, la forma inadecuada de formular el recurso por parte del recurrente, hace que
- SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
