Con el Auto de Vista referido, Luis Alejandro Tumo Caumol fue notificado el 23 de
VISTOS: El recurso de casación interpuesto por Luis Alejandro Tumo Caumol (fs. 178 a 183 vta.), impugnando el Auto de Vista Nro. 18/2012 emitido el 12 de noviembre de 2012 por la Sala Penal del Tribunal Departamental de Justicia de Beni (fs. 144 a 147), en el proceso penal seguido por el Ministerio Publico, la víctima Elio Morgan Castaños Mendoza contra el recurrente por la presunta comisión del delito de asesinato, previsto en el artículo 252 incisos 2), 3), 6) y 7) del Código Penal, e Iván Dante Mollinedo Vejarano por la presunta comisión de los delitos de asesinato e instigador del delito de asesinato en grado de tentativa, previstos en los artículos 252 inciso 3) y 252 inciso 7) con relación al 8 y 22 del Código Penal.
CONSIDERANDO I: (Antecedentes del recurso de casación)
Que el recurso de casación tuvo origen en los siguientes antecedentes:
Sustanciado el proceso por el Tribunal de Sentencia Nro. 1 de la capital del departamento del Beni, se pronunció Sentencia Nro. 6/2011 de fecha 19 de agosto de 2011 (fs. 114 a 124 vta.): 1. Respecto al acusado Luis Alejandro Tumo Caumol, declarándolo culpable del delito de homicidio, previsto y sancionado por el art. 251 del Código Penal, condenándole a la pena privativa de libertad de 18 años de presidio, a cumplirse en el Centro de Rehabilitación de Mocoví (varones) de la ciudad de Trinidad, para lo cual se computara el tiempo de su aprehensión y detención preventiva, y; 2. Con relación al acusado Iván Dante Mollinedo Vejarano, declarándolo absuelto del delito de instigador de tentativa de asesinato, previsto por los artículos 252 inciso 7) con relación al 8 y 22 del Código Penal.
Contra la citada Sentencia el imputado Luis Alejandro Tumo Caumol formuló recurso de apelación restringida (fs. 129 a 138), resuelto por Auto de Vista Nro. 18/2012 de fecha 12 de noviembre de 2012 (fs. 144 a 147), pronunciado por la Sala Penal del Tribunal Departamental de Justicia del Beni, que lo declaró improcedente y confirmó la sentencia impugnada.
Con el Auto de Vista referido, Luis Alejandro Tumo Caumol fue notificado el 23 de noviembre de 2012 (fs. 148 vlta.) formulando el recurso de casación, motivo de autos, el 27 de noviembre de 2012 (fs. 178 a 183)
- PARTES PROCESALES: Ministerio Público, Elio Morgan Castaños Mendoza contra Luis Alejandro Tumo Caumol, Iván Dante
- DELITO: asesinato
- MAGISTRADO RELATOR: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas
- Con el Auto de Vista referido, Luis Alejandro Tumo Caumol fue notificado el 23 de
- Que el recurrente, en el memorial del recurso de casación, expone los siguientes motivos
- 3) Que injustamente se le condeno porque no cometió delito, aduciendo además errónea aplicación de
- Invoca como precedentes contradictorios los Autos Supremos Nros
- Concluye pidiendo que se eleven antecedentes al Tribunal Supremo de Justicia para que revoquen el
- Que conforme se tiene del Auto Admisorio Nro
- Que efectuado el análisis pertinente, en el marco normativo señalado líneas arriba, se llegó a
- En el caso de autos se tiene que el recurrente en el recurso de alzada,
- Que por lo expuesto precedentemente y efectuado el análisis respectivo, se colige que no son
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- ANTE MÍ. Abog. Sandra Magaly Mendivil Bejarano.
