Contra la citada Sentencia, el imputado Guido Andrés Rengel Arévalo (fs
Contra la citada Sentencia, el imputado Guido Andrés Rengel Arévalo (fs. 19 a 20 vta.), interpuso recurso de apelación restringida, resuelto mediante el Auto de Vista de 17 de enero de 2013, pronunciado por la Sala Penal y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, que declaró IMPROCEDENTE el recurso interpuesto, consecuentemente confirmó la Sentencia recurrida
- El recurso de casación interpuesto por Guido Andrés Rengel Arévalo, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes remitidos en casación se establece lo siguiente
- Contra la citada Sentencia, el imputado Guido Andrés Rengel Arévalo (fs
- Notificado el imputado con el referido Auto de Vista, interpuso el recurso de casación que
- Del examen del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- Agrega que la Sentencia no tendría fundamento que justifique la pena impuesta y que en
- Como último motivo denuncia existencia de defectos de la Sentencia, por falta de fundamentación, señalando
- los sujetos procesales, a tiempo de interponer los distintos recursos que la norma adjetiva prevé,
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos, el recurso de casación, cumple con el primer requisito formal
- En el primer motivo del recurso, se invocó como precedente contradictorio el Auto Supremo 210
- En el segundo motivo, el recurrente hace mención al Auto de Vista de 2 de
- Las omisiones y defectos que se advierten, evitan que este Tribunal Supremo pueda ingresar a
- La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
