Del examen del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
II. DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
Del examen del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos:
El recurrente acusa que los Vocales incurrieron en defectuosa revisión de la Sentencia, por ello en aplicación del Auto Supremo 432 de 11 de diciembre de 2008, interpone recurso de casación, precisando que anunció como precedente contradictorio el Auto Supremo 210 de 28 de marzo de 2007.
Con ese preámbulo, manifiesta que en la Sentencia, existen vicios in iudicando e in procedendo, por haberse realizado una incorrecta aplicación del art. 173 del Código de Procedimiento Penal (CPP) y no valorar correctamente la prueba, dictando una Sentencia injusta en vulneración al principio de presunción de inocencia, sin motivación expresa, clara y completa con arreglo a las normas de la sana crítica. Agrega que, existe defecto absoluto en la Sentencia, porque no existe razones ni criterios sólidos que fundamente la valoración de las pruebas, omisión que se constituye en defecto insalvable, que genera incertidumbre en la parte procesada y contraviene el principio de legalidad, por cuanto no se cumplió con la subsunción del hecho al tipo penal de Peculado
Del examen del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos:
El recurrente acusa que los Vocales incurrieron en defectuosa revisión de la Sentencia, por ello en aplicación del Auto Supremo 432 de 11 de diciembre de 2008, interpone recurso de casación, precisando que anunció como precedente contradictorio el Auto Supremo 210 de 28 de marzo de 2007.
Con ese preámbulo, manifiesta que en la Sentencia, existen vicios in iudicando e in procedendo, por haberse realizado una incorrecta aplicación del art. 173 del Código de Procedimiento Penal (CPP) y no valorar correctamente la prueba, dictando una Sentencia injusta en vulneración al principio de presunción de inocencia, sin motivación expresa, clara y completa con arreglo a las normas de la sana crítica. Agrega que, existe defecto absoluto en la Sentencia, porque no existe razones ni criterios sólidos que fundamente la valoración de las pruebas, omisión que se constituye en defecto insalvable, que genera incertidumbre en la parte procesada y contraviene el principio de legalidad, por cuanto no se cumplió con la subsunción del hecho al tipo penal de Peculado
- El recurso de casación interpuesto por Guido Andrés Rengel Arévalo, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes remitidos en casación se establece lo siguiente
- Contra la citada Sentencia, el imputado Guido Andrés Rengel Arévalo (fs
- Notificado el imputado con el referido Auto de Vista, interpuso el recurso de casación que
- Del examen del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- Agrega que la Sentencia no tendría fundamento que justifique la pena impuesta y que en
- Como último motivo denuncia existencia de defectos de la Sentencia, por falta de fundamentación, señalando
- los sujetos procesales, a tiempo de interponer los distintos recursos que la norma adjetiva prevé,
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos, el recurso de casación, cumple con el primer requisito formal
- En el primer motivo del recurso, se invocó como precedente contradictorio el Auto Supremo 210
- En el segundo motivo, el recurrente hace mención al Auto de Vista de 2 de
- Las omisiones y defectos que se advierten, evitan que este Tribunal Supremo pueda ingresar a
- La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
