Es así, que al constatarse que el recurso incumple con los requisitos para su admisión
El recurrente, sin acogerse a una línea argumental clara, aduce una serie de disconformidades con el trámite y con la Sentencia que lo condenó, sin identificar un punto específico en el proceso que contenga el agravio que estima de injusto; es así que más allá de una retórica laberíntica y en cierta medida ininteligible, pretende que este Tribunal declare su absolución (fs. 191 vta.), situación que hace evidente un carente enfoque recursivo, más allá del evidente incumplimiento de los requisitos procesales exigidos por los arts. 416 y 417 del CPP.
Es así, que al constatarse que el recurso incumple con los requisitos para su admisión y de una ineficiente técnica recursiva, resulta inviable la apertura de competencia de este Tribunal, siendo en consecuencia inadmisible el recurso interpuesto, conforme al art. 417 párrafos segundo y tercero del CPP
- Por memorial presentado el 28 de diciembre de 2012, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado formuló recurso de apelación restringida (fs
- Del memorial de fs. 189 a 193, se extraen los siguientes motivos
- Indica, que el Tribunal a quo violentó al debido proceso en su vertiente de la
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sometidos a análisis los antecedentes procesales, se establece que el recurso formulado por Ivar Burgos
- El recurso de casación, como todos los recursos, está configurado legalmente, lo que significa que
- Resumidos que fueron estos dos agravios traídos en casación, y de la revisión del recurso,
- Es así, que al constatarse que el recurso incumple con los requisitos para su admisión
- La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el
- SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
